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Paraná, 08 de Febrero de 2012
18:23 hs
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No podrán ser alquilados

En Paraná los salones de usos múltiples podrán ser usados por los vecinos

02-09-10 Halle promulgó la ordenanza que tiene por objetivo favorecer todo tipo de actividades que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los barrios paranaenses.

Paraná. (RN). El intendente de Paraná, José Carlos Halle, promulgó la Ordenanza Nº 8911, impulsada por la concejal Maria Alicia Portillo (PJ), en virtud de la cual los Salones de Usos Múltiples y/o de Uso Comunitario, podrán ser usados por vecinos y/o grupos pertenecientes a barrios, entidades oficiales o privadas, siempre que no implique exclusividad como, por ejemplo, guardería, comedor.

La medida, sancionada el 15 de julio último por el Concejo Deliberante, tiene por objetivo favorecer todo tipo de actividades que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los barrios paranaenses.

La norma autoriza a que los Salones puedan ser utilizados para fiestas y eventos familiares, siempre que cuenten con la aprobación de la Comisión Administradora de los mismos; quedando prohibido su uso para actos o reuniones de carácter político partidario, sala velatoria o toda aquella actividad que implique exclusividad de uso, atentando contra su interés comunitario o que ponga en riesgo su conservación edilicia y mobiliaria.

Tampoco podrán ser empleados para actividades de lucro personal de los vecinos, exceptuándose las realizadas por reparticiones Municipales, la Comisión Administradora, Vecinales y/o entidades barriales, que no desnaturalicen el objetivo de esta entidad comunitaria.

Finalmente establece que los Salones Comunitarios no podrán ser destinados como refugio en situaciones de catástrofes, inundaciones, incendios o alojamiento temporal de personas, salvo que el Presidente Municipal así lo determine y siempre será con carácter temporal por el lapso que demande la emergencia.
Bajo ningún fundamento se sacarán, prestarán, ni alquilarán, el mobiliario y demás elementos existentes en los mismos.

Quedan comprendidos en la presente Ordenanza, todos los Salones de Uso Comunitario y/o Múltiples, que se encuentren asentados sobre terrenos que sean de propiedad Municipal. (REcintoNet)

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